[Soria] El Supremo sepulta la vaquería de Noviercas tras desestimar el recurso de Valle de Odieta

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En la sentencia considera que la disposición del Real Decreto que limita el tamaño de las explotaciones es «ajustada a derecho» y remarca que cuando se publicó la cooperativa no tenía autorización para la granja

El proyecto de la vaquería de Noviercas, con 100 millones de inversión prevista y más de 20.000 cabezas de ganado, vive las que presumiblemente sean sus últimas horas. La iniciativa, que promueve la cooperativa navarra Valle de Odieta, ya resultó herida de muerte con el Real Decreto del Gobierno publicado a finales de 2022 que limitaba a 850 unidades de ganado para las nuevas explotaciones. Esto provocó que Odieta presentara un recurso ante el Tribunal Supremo para sortear esa normativa y ahora el Alto Tribunal ha emitido la sentencia, a la que ha tenido acceso este medio, por la que se desestima el citado recurso. Fuentes de la empresa aseguran que aún tienen que estudiar a fondo el contenido de la sentencia y ver las posibilidad de recurso.

Hace ya una década que la cooperativa Valle de Odieta puso sus ojos en Soria. La firma buscaba terrenos para replicar, a mayor tamaño, la vaquería instalada en la localidad navarra de Caparroso. Tras un largo procedimiento la firma logró hacerse con la propiedad de 900 hectáreas en el municipio de Noviercas y comenzó la tramitación de un proyecto que contemplaba una inversión de unos 100 millones de euros y una granja con más de 20.000 vacas productoras de leche. Odieta incluso inició el proceso administrativo y a pesar de solucionar uno de los problemas principales, como el acceso al agua, el permiso definitivo nunca llegó.

Los avances del proyecto, a trompicones, se vieron frenados en diciembre de 2022 cuando el Gobierno publicó el Real Decreto 1053/2022 por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas. El Gobierno puso el límite en 850 cabezas lo que ya ponía en jaque el proyecto de Odieta, pero además, en la disposición transitoria primera establecía que : «Los expedientes correspondientes a la autorización de explotaciones en fase de tramitación sobre los que no haya recaído resolución firme en vía administrativa, pero hubieran satisfecho todos y cada uno de los trámites necesarios para iniciar la construcción de las instalaciones directamente implicadas en el proceso de producción con anterioridad al 6 de abril de 2022, fecha en que la presente norma finalizó el trámite de audiencia pública, se resolverán conforme a la normativa en vigor en el momento en el que se produjo el cumplimiento de dichos trámites».

Odieta siempre ha considerado que la limitación y la citada disposición estaban enfocada ad hoc contra su proyecto en Noviercas y por ello presentó un recurso contencioso-administrativo en febrero de 2023. Esta semana el Tribunal Supremo ha dictado sentencia, a la que ha tenido acceso este medio, desestimando el recurso de Odieta y por tanto, confirmando que la disposición transitoria es «ajustada a derecho». En su fallo, el magistrado ponente, Fernando Román García, especifica que no hay recurso.

La sentencia está fechada el 8 de octubre y fue emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, sección quinta, siendo ponente el referido Fernando Román García. En la misma se explica que tras admitirse a trámite el recurso, Valle de Odieta presentó su demanda el 17 de mayo de 2023. Como partes recurridas comparecieron la Administración General del Estado, a través de la Abogacía del Estado, GreenPeace- Ecologistas en Acción, WWF España y Amigos de la Tierra.

En síntesis, la demanda de Odieta indicaba que el Real Decreto «prevé la aplicación retroactiva de su regulación, y en lo que ahora interesa, la limitación del tamaño de las explotación a expedientes iniciados y no concluidos, en los que no existía esa limitación del tamaño de las explotaciones cuando se solicitaron e iniciaron, con las consecuencias que supone para los afectados». La cooperativa sostuvo ante el Alto tribunal que «ha cumplido con todos los trámites administrativos materiales y formales exigidos hasta el momento» y que no habían concluido «por la demora en su tramitación por parte de la administración». En este hace referencia a la «complejidad administrativa que hemos tenido que superar y acreditar hechos –alegaciones al Plan Hidrológico–. Odieta también hace mención de que el régimen transitorio «sin justificación y sin cobertura, contraviene el ordenamiento jurídico y el artículo 9.3 de la Constitución en lo concerniente al espeto a la irretroactividad de disposición generales. Por último, apunta a que «infringe el principio de legalidad en su doble vertiente, de jerarquía normativa y de reserva».

El Supremo desestima uno a uno los argumentos de Odieta y recuerda dos sentencias similares ya resueltas en el mimos sentido. Por ejemplo, resalta que «en ningún caso se había dictado por la Administración resolución expresa autorizando la explotación ganadera en los términos que habían sido solicitados» y añade «existía por tanto, una simple expectativa de obtener la autorización cuando entró en vigor la disposición transitoria». El Alto Tribunal tampoco considera que haya una infracción del principio de seguridad jurídica. «No existe ningún tipo de compromiso o signo externo, dirigido por la Administración, en relación a la inalterabilidad del merco regulatorio vigente en materia de granjas bovinas en el momento que presentó su solicitud» y apunta que la primera solicitud «el reglamento ya había sido objeto de una consulta previa que incluía el límite de 850 cabezas» y que «esa solicitud no obtuvo ningún informe favorable de la administración». Asimismo, refleja que «cuando reinició la tramitación ya había finalizado el segundo trámite de audiencia para la elaboración del reglamento».

El fallo del Supremo desestima el recurso de Odieta y confirma que la disposición adicional es «ajustada a derecho» y finalmente impone las costas –limitadas a 4.000 euros– a la cooperativa navarra. Por último, hace saber que «contra la misma no cabe recurso». La empresa insiste en que buscará fórmulas para recurrir, aunque en este caso solo parece estar viva la vía europea.

El Supremo sepulta la vaquería de Noviercas tras desestimar el recurso de Valle de Odieta (heraldodiariodesoria.es)

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