En una rueda de prensa frente al Tribunal Supremo la PAH ha exigido la nulidad de todos los desahucios ejecutados desde 1995 amparados en la última sentenecia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declara ilegal la clausula de vencimiento anticipado.

La sentencia emitida hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es la octava sentencia que confirma y da la razón a la sociedad civi que lleva 8 años denunciando la estafa hipotecaria y la complicidad de los diferentes gobiernos. No es una sentencia más, junto a las 7 anteriores, que dicta que la normativa hipotecaria española es anómala, injusta y que es contraria a la directiva Europea de 13/1993, y que recordamos, el estado tenía de plazo para adaptarla hasta el 31 de diciembre de 1994.
No es una sentencia más porque ésta viene a decir que es ilegal y nula la cláusula del vencimiento anticipado de las hipotecas. Esta cláusula que contienen todas las hipotecas de todos los bancos, que permite a la banca reclamarte la totalidad de la deuda pendiente, más los intereses correspondientes una vez has dejado de pagar 3 cuotas. El caso analizado en la sentencia del TJUE, presentado por un juez de Santander, cuestiona que el impago de 7 mensualidades de un total de 564 cuotas mensuales de las que constaba la hipoteca fuese suficientemente grave como para aplicar el vencimiento anticipado.
Cuando se llega a este punto, y el banco reclama de golpe el pago de la totalidad de la hipoteca de una vez, lógicamente no puedes pagar de golpe, el banco, amparándose en esta cláusula ejecuta judicialmente la hipoteca; proceso que condena al desahucio y a una deuda de por vida. Dado que es precisamente en esta cláusula en la que basan todas las ejecuciones hipotecarias,se puede afirmar sin ningún temor que todas las ejecuciones hipotecarias y desahucios habidos desde el 1 de enero de 1995, fecha en que debieron haber sido implementadas las medidas contenidas en la directiva 93/13/CE, lo han sido mediante la aplicación de una legislación que además de injusta era también ilegal. Legislación que, a día de hoy, sigue siendo contraria a la normativa UE en materia de derechos de los consumidores, afectando también a un Derecho Fundamental que es como tenemos que considerar el Derecho a la Vivienda.
Cabe recordar, que el Tribunal Supremo ya declaró la nulidad parcial de este tipo de cláusulas abusivas, pero proponía substituir el inicio de la ejecución hipotecaria de 1 impago a 3, como incluyo la ley 1/2013. Tanto esta ley como el Tribunal Supremo no han parado de recibir varapalos en las 8 sentencias del TJUE que ya se acumulan en esta materia.
Desde la PAH denuncian una vez más la violación sistemática de los derechos humanos y de la propia constitución española con todas y cada una de las ejecuciones hipotecarias y los desahucios que hemos sufrido en los últimos años. Hemos denunciado la anomalía e ilegalidad de la ley hipotecaria española, hemos alertado de que hay vidas en juego y hemos desenmascarado la estafa hipotecaria.
Con esta nueva sentencia anuncian que van a exigir y a reclamar la declaración de nulidad de todas las ejecuciones hipotecarias y los desahucios que se han producido desde 1995. No solo vamos a exigir la declaración de nulidad, sino la restitución de derechos y la reparación de los daños producido a más de 700.000 familias desde 2008 y a todas aquellas que han sufrido las consecuencias desde 1995 de la ilegal ley hipotecaria española. En los próximos días haremos un llamamiento para iniciar ésta campaña de nulidad de ejecuciones hipotecarias, desahucios y la exigencia de restitución de derechos y reparación de daños.
Fotos: Alberto Astudillo
