El Supremo condena a Dani Gallardo a 4 años de prisión por «atentado contra agentes de la autoridad»

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Nuevo castigo por una protesta independentista. El Tribunal Supremo ha condenadoa D ani Gallardo a 4 años de prisión por los delitos de desórdenes públicos y atentado contra agentes de la autoritat, en una protesta en Madrid contra la sentencia del procés a los líderes catalanes, el 16 de octubre de 2019, según una resolución comunicada este jueves. La sala de lo penal de Tribunal Supremo debía revisar la condena inicial de Gallardo, de 4 años y medio, de prisión, dictada por la Audiencia de Madrid y ratificada por el TSJ de Madrid. El alto tribunal español sólo le ha rebajado medio año la condena: el delito de desórdenes públicos lo rebaja de un año a seis meses, pero le mantiene los 3 años y medio por el delito de atentado contra la autoridad. Eso implica que Gallardo, si nada cambia, tendrá que volver a entrar en prisión, donde ya estuvo un año en prisión preventiva por estos hechos.

En la resolución, el Tribunal Supremo afirma que Dani Gallardo y Elsa (condenada a un año de prisión) deben ser absueltos de los subtipos agravados del delito de desórdenes públicos (llevar armas y actuar en una manifestación), pero deben ser condenados por el delito de desórdenes públicos del tipo básico, vigente en el momento de los hechos, y deben ser condenados a 6 meses de prisión.

Ataque al agente sin herirlo

No obstante, la sala mantiene la condena de 3 años y 6 meses de prisión a Gallardo por el delito de atentado contra agentes de la autoridad y lesiones leves. El alto tribunal español considera probado que mientras un policía intentaba retener a la otra acusada, Gallardo «lo picó por la espalda repentinamente y de forma violenta, con un palo de madera de unos 90 centímetros de largo y 7 centímetros de ancho, con seis llaves, hasta dos veces en la cabeza del agente,» que llevaba un casco.

El tribunal sostiene que «pese a que la lesión originada haya sido leve, no evita el agravamiento; ya que la acometida llevaba la suficiente peligrosidad para originar una grave afectación por la salud, tanto por la contundencia, como por el carácter invasivo de los claves». Añade que «afirmar que no había peligrosidad porque el agente llevaba un casco de especial protección (los clavos dejaron marca en el casco, sin agujerearlo), sería lo mismo que aseverar que disparar a un agente que llevaba chaleco antibalas, no lleva peligrosidad porque no se le disparó en el pecho.

Por todo ello, el Supremo le mantiene la pena inicial de 3 años y medio de prisión y multa de 600 euros por el delito de atentado contra la autoridad, y que indemnice al agente con 2.100 euros.

Palos y adoquines no son armas

En la resolución, el tribunal razona que Dani Gallardo y Elsa son autores de un delito de desórdenes público porque en el relato de hechos probados concurren todos los elementos: «Actuación en grupo, con violencia en las cosas y también en las personas, con el impedimento del disfrute del espacio público, al hacer barricadas». En ella descarta, sin embargo, que se les aplique dos agravante: la de usar instrumento peligroso y la de actuar en manifestación.

En concreto, el Supremo afirma que en el relato de hechos se indica que los manifestantes, en genérico, llevaban palos y adoquines, no los dos acusados. Además, precisa que «los adoquines y los palos no son armas, ni instrumentos», como detalla el redactado del delito en el Código Penal, y por ello lo descarta. Añade, que el grupo de 80 personas de la protesta, que luego se reduce, tampoco puede considerarse «numeroso» para aplicar la agravante de actuar en una manifestación.

Por el contrario, sí considera que el palo con el que se asegura que Dani Gallardo picó al agente es «un agravante» porque en el delito de atentado contra la autoridad se define llevar «armas u objeto peligroso», no instrumento como en los desórdenes.

La ejecución de la pena

Dani Gallardo podría presentar ahora recurso de amparo al Tribunal Constitucional para detener la ejecución de la condena, aunque no es automático. La Audiencia de Madrid es quien deberá resolver la ejecución. Uno de los dos delitos por los que ha sido condenado supera los dos años de prisión, y eso hace difícil la suspensión de la pena. Sin embargo, hay que descontarle, pero que ya ha estado un año en prisión preventiva. Los tribunales tienen la última palabra.

 

El Supremo condena a Dani Gallardo a 4 años de prisión por la protesta contra la sentencia del procés… (elnacional.cat)

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