Unifica doctrina judicial: El Supremo resuelve que los ‘riders’ son falsos autónomos

Varias mochilas de Glovo frente a su sede en Barcelona, en la protesta de repartidores por la muerte de un mensajero. Imagen cedida por Élite Taxi a eldiario.es
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El Tribunal Supremo ha reconocido a los riders como falsos autónomos. Tras una larga batalla judicial entre las plataformas y los repartidores, el tribunal se pronuncia por primera vez en favor de los repartidores y los considera trabajadores asalariados. La sentencia, que será publicada en los próximos días por el Pleno de la Sala Cuarta, resuelve un caso de un repartidor de Glovo de la Comunidad de Madrid. Es una resolución histórica que unifica doctrina judicial en relación a esta cuestión.

En una nota informativa, la Sala de lo Social del Supremo revela su postura: “Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores”. Fija “las condiciones esenciales para la prestación del servicio» y es “titular de los activos esenciales para la realización de la actividad”. Asimismo, avanza que Glovo se sirve de repartidores que no tienen una organización empresarial “propia y autónoma”, que “prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador».

La resolución ha sido acordada por unanimidad de todos los magistrados del Pleno y, en los próximos meses, se resolverá otro recurso de casación similar que afecta a los repartidores de la plataforma británica Deliveroo.

La sentencia obligará a Glovo y al resto de plataformas homólogas (Deliveroo, Uber Eats, Stuart), a contratar los repartidores como trabajadores asalariados, según la opinión de un abogado laboralista citado por la Vanguardia.

Glovo por su parte espera la “definición de un marco regulatorio adecuado por parte del Gobierno y Europa”. La compañía recuerda que en los tribunales “el debate se encuentra abierto”, con sentencias de un tono y otro, “como en el Tribunal de Justicia de la UE”.

La sentencia llega en el mismo momento que el Gobierno prepara una normativa sobre las condiciones de trabajo de los repartidores de plataformas. La sentencia marca un camino aunque no es vinculante para la elaboración de la normativa. En todo caso, la ministra Yolanda Díaz ha asegurado con anterioridad que la normativa está enfocada reconocer su laboralidad. La sentencia del Supremo reafirma así su posición.

 

Fuente: Kaosenlared

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