La Abogacía pide excarcelar a Junqueras para que ejerza como eurodiputado hasta que se suspenda su inmunidad

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La onda expansiva de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad de Oriol Junqueras sigue impactando de lleno en la política española.

Este lunes se ha conocido el informe de la Abogacía del Estado sobre Oriol Junqueras: pide al Supremo que excarcele al líder de ERC para que tome posesión como eurodiputado y ejerza como tal hasta que el Parlamento Europeo acepte suspender su inmunidad en aplicación de la sentencia del ‘procés’.

El informe de los servicios jurídicos del Estado descarta que la sentencia del ‘procés’ que condenó a Junqueras a 13 años de prisión e inhabilitación sea nula por no habérsele permitido tomar posesión del escaño cuando se encontraba en prisión provisional. Por ello, insta al alto tribunal a que tramite el levantamiento de la inmunidad del líder de ERC «a la mayor brevedad posible«.

La Abogacía del Estado destaca que la sentencia de 14 de octubre de 2019 se ha dictado «con estricta observancia de las normas esenciales del procedimiento penal y en nada ha impedido u obstaculizado la inmunidad declarada por la sentencia del TJUE».

El informe está firmado por la abogada del Estado que llevó la acusación del ‘procés’, Rosa Seoana. En él, también se afirma que “cabría permitir” el desplazamiento de Junqueras tanto a la Junta Electoral Central como a la sede del Parlamento Europeo para cumplir con los trámites necesarios.

La Abogacía opina que es el alto tribunal el que debe decidir la forma en la que Junqueras desempeñe su función representativa en tanto mantenga el estatus de diputado europeo.

Presiones

El partido ERC condicionó su apoyo a una investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno a conocer previamente el informe de la Abogacía del Estado. El acceso a esta información final ha desatado la polémica, como también las presiones previas y el debate interno suscitado en este cuerpo jurídico

La propia Asociación de Abogados del Estado emitió este domingo un comunicado en el que rechaza “cualquier intento de injerencia o presión y especialmente de amenaza que tenga por finalidad desvirtuar o condicionar el ejercicio de las funciones» de estos letrados del Estado que sólo se someten a «criterios técnico-jurídicos».

En junio, favorable a que tomara posesión

En junio, la Abogacía se mostró favorable a que Junqueras pudiera salir de prisión para recoger su acta de europarlamentario, chocando de nuevo con la posición de la Fiscalía del Tribunal Supremo. La misma que tardó escasas horas en responder al TJUE, afirmando que su resolución no debe suponer la liberación del líder de ERC.

A lo largo de todo el juicio -e incluso este mismo lunes, en su respuesta a los incidentes de nulidad de las defensas de los condenados-, el Ministerio Público ha mantenido y mantiene que los líderes del procés cometieron un delito de rebelión, arremetiendo contra las posiciones de la Abogacía, representada en la vista oral por Rosa Seoane, que reclamó condenar por sedición.

Finalmente, la sentencia del tribunal presidido por Manuel Marchena se construyó sobre la calificación jurídica defendida por Seoane, algo que, al parecer, el Ministerio Público no ha sabido -o querido- digerir.

Donde si coincidieron la Fiscalía y la Abogacía es en el rechazo a consultar al TJUE sobre el alcance de la inmunidad. Seoane, en línea con los cuatro fiscales de Sala que han llevado el juicio en el Supremo, entendió que esta es una cuestión que versaba «sobre derecho nacional». También que los derechos como eurodiputado «no se adquieren» hasta la primera sesión de la legislatura en el Parlamento Europeo, y que no son aplicables por el único hecho de haber sido electos.

El TJUE dictaminó que el líder de ERC debería haber sido reconocido como eurodiputado nada más ser elegido y gozar de inmunidad desde el mismo momento en que la Junta Electoral Central (JEC) proclamó los resultados de las elecciones del 26-M. Esto ocurrió el 13 de junio, justo cuando terminó el juicio del ‘procés’, por lo que debería haber podido asistir a la sesión constitutiva de la Eurocámara, el 2 de julio, en Estrasburgo.

La inmunidad, sentencia el TJUE, implica «el levantamiento de cualquier medida de prisión provisional que le haya sido impuesta antes de ser proclamado electo, con el fin de permitirle desplazarse al Parlamento Europeo y participar en la sesión constitutiva».

Por contra, el Supremo rechazó concederle un permiso extraordinario; tampoco envió un suplicatorio al Parlamento Europeo para poder suspender su inmunidad, y sólo planteó varias cuestiones prejudiciales al TJUE. Ahora, es el Alto Tribunal el que tiene que  «apreciar los efectos aparejados a las inmunidades de que goza» Junqueras, de acuerdo al Derecho Europeo, tal y como se recoge en el dictamen del TJUE.

De hecho, la Abogacía, la Fiscalía y la acusación popular que ejerce el partido ultraderechista Vox ya han expresado sus posiciones sobre el fallo en respuesta a la petición del Supremo. Sólo dos horas después de que se conociera el fallo del TJUE, la Sala que preside Marchena les concedió un plazo de cinco días para hacerlo, en un comunicado en el que apenas explicó que estudiaría «en profundidad» la sentencia del TJUE.

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