Sábado 29 de septiembre de 2012. Calle Lope de Vega, número 30, barrio de Huertas, Madrid. Un bar. A 300 metros de la plaza de las Cortes, donde comenzaron las cargas para disolver a los manifestantes que, convocados por la Coordinadora 25S, trataban de rodear el Congreso de los Diputados por tercera vez aquella semana. Cinco agentes antidisturbios de la Policía Nacional entran, eligen a varias personas y las sacan a la calle a empujones. Algunos clientes del bar y algunos vecinos graban. En la puerta, otros agentes les golpean. No identifican ni detienen a nadie, las personas golpeadas se van sin más consecuencias que las heridas. Ninguno de los policías lleva identificación visible.
Aquella noche, M. fue a urgencias, donde le atendieron de una incisión de seis centímetros en el cuero cabelludo, traumatismo craneoencefálico leve y policontusiones. Su amiga G., también: tuvo las mismas lesiones, pero además necesitó puntos de sutura en la cabeza. Con los partes médicos y la ayuda de Legal Sol, denunciaron a la Policía, pero, ya en mayo de 2014, la Audiencia Provincial de Madrid archivó el caso, tras negarse a solicitar las pruebas que habían pedido: la identificación de los agentes a partir de las matrículas de las tres furgones que aparecen en los vídeos —sólo se identificó a tres agentes que viajaban en uno de ellos, que negaron su participación en los hechos—, las imágenes que grabó un cámara de La Sexta y la declaración del mando responsable del operativo policial.
La jueza afirma en el auto de archivo que «si las propias agredidas no son capaces de facilitar el número de identificación del agente o agentes, ni ningún otro elemento susceptible de identificarle o identificarles, nada cabe esperar de las diligencias pedidas». Para Legal Sol, comisión de abogadas surgida en el 15M, «resulta paradójico que se les exija a las denunciantes aportar el número de identificación de los agentes, cuando éstos lo llevan ocultos bajo el chaleco antitrauma», pero, en todo caso, las denunciantes sí que han indicado más elementos que podrían identificarles: los vídeos y los números de los furgones. Eso es lo que explican en la instancia que el pasado lunes 7 de julio han entregado al Tribunal Constitucional, en la que se reclama su amparo para proporcionar tutela judicial efectiva para M. y G., derecho reconocido por el artículo 24 de la Constitución Española.
Legal Sol basa su recurso en el principio de igualdad ante la ley. En relación al policía herido tras las marchas del 22M, «se han practicado innumerables diligencias de investigación para esclarecer los hechos y, especialmente, para encontrar a los responsables», afirman
en un comunicado. Pide la misma diligencia desde la Fiscalía para esclarecer la autoría de las agresiones del 29 de septiembre de 2012. «Si el Tribunal Constitucional admite dar trámite a nuestra demanda,
podría suponer nueva jurisprudencia con respecto a la vulneración del artículo 24, siendo de especial importancia pues las agresiones policiales son cada vez más frecuentes e impunes», explican fuentes de esta comisión.
El recorrido que la demanda pueda tener es una incógnita. Las mismas fuentes avisan: «Lo que está claro es que, si el Tribunal Constitucional no da trámite, daremos el siguiente paso hasta Estrasburgo, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos».