
Un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León impide que la cementera de La Robla (León) siga quemando residuos y obligando a respirar a los vecinos de la zona un aire cuya calidad los expertos no dudan en calificar de precaria. La sentencia, dada a conocer hoy por Ecologistas en Acción, anula la autorización ambiental y la autorización de inicio de actividad de la fábrica de cemento otorgadas a Sociedad Anónima Tudela Veguín por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en 2008 y 2010.
Según Ecologistas, “en su autorización ambiental, la Junta de Castilla y León eximió a la empresa propietaria de la fábrica de cemento del cumplimiento del valor límite de emisión del contaminante dióxido de azufre, limite establecido por la normativa de incineración de residuos en 50 miligramos por metro cúbico (mg/m3)”. Esta autorización de la Junta se produjo “a pesar de estar tramitando en las mismas fechas un Plan de Actuación para la Mejora de la Calidad del Aire en la Zona de La Robla, por los elevados niveles de este contaminante”. Pese a ello, la Consejería de Medio Ambiente autorizó emitir a la cementera hasta 1.200 mg/m3, “24 veces más que el límite legal aplicable”.
Esa autorización es la que ha permitido a la cementera quemar hasta 33.000 toneladas al año de neumáticos fuera de uso, habiéndose incinerado en los últimos tres años más de 90.000 toneladas de este residuo, en buena medida importado desde otras comunidades autónomas e incluso desde Francia.
La sentencia señala que “no se justifica en esa Orden que las ‘exenciones’ a los límites máximos de emisión que se establecen no son perjudiciales para la salud y el medio ambiente, teniendo en cuenta, especialmente, que las instalaciones de que se trata se ubican en suelo clasificado como urbano consolidado y que se encuentran en zona próxima a los usos residenciales del núcleo urbano de La Robla”.
La presunción de daños para la salud de los habitantes de La Robla se fundamentan en el propio Plan de Actuación para la Mejora de la Calidad del Aire en la Zona de La Robla aprobado por la Junta de Castilla y León en 2009, y en la declaración judicial del médico titular de La Robla entre 1987 y 2009. “En ese testimonio se ponen de manifiesto los problemas respiratorios de la población, en especial ancianos y niños, y su relación con la precaria calidad del aire”, confirma la sentencia.
El TSJ, además, también anula la autorización de inicio de la actividad por haberse otorgado a pesar de haber comprobado la Administración el incumplimiento de las condiciones de la autorización ambiental original, lo que en opinión de Ecologistas en Acción “raya la prevaricación”, así como por aprovechar para modificar ésta “sin el previo trámite de audiencia a los interesados”.
Ecologistas en Acción considera muy importante esta sentencia, en un momento en que la Junta de Castilla y León “se ha entregado a los intereses del lobby pro-incineración de residuos, encabezado en Castilla y León por las fábricas de cemento de Venta de Baños en Palencia y La Robla y Toral de los Vados en León”. Las dos primeras han obtenido el año pasado permiso de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para incinerar hasta 180.000 toneladas de plásticos, neumáticos, lodos, envases, vehículos fuera de uso, etc., “pretensión a la que ahora la Junta pretende dar cobertura legal con un nuevo Plan Regional de Residuos que consagra la incineración en las cementeras de Castilla y León”, explica el colectivo.
Los ecologistas consideran que la sentencia pone de manifiesto “el desprecio por la salud pública de las autoridades ambientales regionales”, y apela al Consejero de Fomento y Medio Ambiente, Antonio Silván, a que abra un proceso de diálogo con todos los agentes implicados “para consensuar la redacción del nuevo Plan de Residuos de Castilla y León, renunciando a la incineración de los desechos por su coste ambiental y sanitario, y priorizando la reducción, la reutilización y el reciclado de los residuos”.