La Policía impone las tres primeras multas de 80 euros por mendigar

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La polémica ‘ordenanza antivandalismo’, cuya modificación se aprobó el pasado 6 de marzo, ya ha derivado en las tres primeras sanciones impuestas a mendigos por pedir en la calle y a otro ciudadano por caminar «semidesnudo» por la vía pública. Estas dos nuevas prohibiciones son, precisamente, las que mayores críticas desataron por parte de la oposición. En concreto, y según los datos facilitados por la Policía Municipal, las tres personas denunciadas por mendigar en la calle tendrán que pagar una multa de 80 euros, mientras que la denunciada por ir «semidesnuda», es decir, sin camiseta, tendrá que desembolsar 60.

Fuentes de la Policía aclararon que, en el caso de la mendicidad, la ordenanza se aplicó a tres personas que abordaban a los viandantes para pedirles dinero y, además, persistieron en su actitud a pesar de los avisos de los agentes. Es decir, que las multas  no se impusieron a personas que piden sentadas en suelo, puesto que a estos ciudadanos se les está informando de la nueva normativa y se les ofrecen los servicios sociales.

Lo mismo sucedió con la persona multada por ir sin camiseta. Los agentes procedieron a denunciar después de que se negara a ponerse esa prenda.

El punto número uno del artículo 15 de la Ordenanza Municipal de Protección de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actitudes Antisociales dice textualmente que «quedan prohibidas las conductas que adopten cualquier forma de mendicidad en las vías y espacios públicos». Por otro lado, el punto seis del artículo 16 dice que «ninguna persona podrá estar desnuda o semidesnuda en los espacios y vías de uso público, salvo que cuente con autorización expresa del Ayuntamiento». Las dos son sanciones leves que se castigan con multas de hasta 750 euros.

En términos generales, la Policía ha denunciado 636 infracciones de esta ordenanza en los cinco primeros meses de este año, a un ritmo de cuatro al día. Una de cada tres está relacionada con gente que orina o escupe en la calle, mientras que otras 120 se impusieron por la emisión de ruidos en el ámbito doméstico, «que por su volumen u horario exceda de los límites que exige la tranquilidad pública». Otras 15 personas fueron multadas por llevar la música del coche demasiado alta.

Precisamente uno de los denunciados en las últimas semanas por los agentes es el delegado provincial de CCOO, Antonio Díez. Concretamente, el sindicalista se enfrenta a dos multas, una por repartir octavillas en la calle en los días previos a la última huelga general (60 euros) y otra por emitir un excesivo ruido con un megáfono (90 euros). Díez se mostró muy sorprendido por estas sanciones. «A mí no me paro ningún policía para informarme de la denuncia y esa manifestación estaba autorizada», señaló, a pesar de que en la denuncia se hizo constar que la «marcha de protesta no estaba autorizada ni comunicada».

Número de denuncias de la ordenanza antivandalismo entre enero y mayo de 2012

  • Actuación sobre bienes protegidos contraria a su uso y destino    35
  • Inscripciones en la vía pública    1
  • Colocar propaganda sin autorización    12
  • Colocar publicidad en la vía pública incumpliendo la autorización concedida    1
  • Esparcir propaganda en la vía pública    1
  • Talar, romper y zarandear árboles situados en la vía pública    2
  • No atender a las indicaciones de los agentes en parques y jardines    5
  • Arrancar flores, plantas o frutos    2
  • Tirar papeles o desperdicios fuera de las papeleras    15
  • Encender o mantener fuego en parques y jardines    10
  • Manipular, mover, volcar o vaciar contenedores o papeleras    6
  • No respetar el descanso de los vecinos o producir olores perjudiciales    4
  • Emitir ruidos doméstico que, por su volumen u horario, exceda los límites    120
  • Elevada potencia radio vehículos con ventanillas bajadas    15
  • Disparar petardos    10
  • Depositar los residuos sólidos fuera de las papeleras y contenedores    39
  • Verter residuos a la vía pública desde terrazas o balcones    5
  • Depositar basuras en la vía pública sin bolsa debidamente cerrada   1
  • Meter en contenedores de recogida selectiva materiales diferentes a los fijados    1
  • Tirar residuos desde vehículos en marcha o detenidos    2
  • Escupir o hacer las necesidades en la vía pública    283
  • No recoger excrementos sólidos de animales    6
  • Ejercer la mendicidad en vías o espacios públicos    3
  • Tirar colillas o desechos, vaciar ceniceros en la calle y romper botellas    24
  • Impedir o dificultar el normal tránsito de personas o vehículos    11
  • Transitar o permanecer en bañador o semidesnudo en la vía pública    1
  • No evitar los dueños de locales actos incívicos de clientes a la salida o entrada    2
  • Obstaculizar el normal funcionamiento de los servicios públicos    2
  • Realizar pintadas sin autorización municipal en bienes públicos o privados    5
  • Deteriorar equipamientos, infraestructuras, instalaciones y mobiliario urbano    7
  • Causar daños en árboles, plantas y jardines públicos    1
  • Portar mechas encendidas    1
  • Dificultar deliberadamente el normal tránsito peatonal o de vehículos    2

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