Estrasburgo dice que Otegi no tuvo un juicio justo en el caso por la reconstrucción de Batasuna

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha considerado este martes que en el juicio contra Arnaldo Otegi y otros cuatro dirigentes abertzales por pertenencia a ETA en el caso Bateragune se vulneró el derecho de los acusados a un juicio justo por falta de imparcialidad de una magistrada de la Audiencia Nacional que los condenó a sentencias de cárcel que ya han cumplido, aunque Otegi sigue aún inhabilitado para ejercer cargos públicos. La sentencia destaca, sin embargo, que la mera confirmación de esta violación del artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos es una “satisfacción suficiente” en este caso y ha rechazado la imposición de una compensación del Estado español o cualquier otra medida a favor de los damnificados.

«Nuestra sonrisa es más amplia y España queda retratada como lo que es: un Estado antidemocrático», ha considerado el coordinador general de EH Bildu tras conocer la decisión judicial. «Nos encarcelaron por construir una estrategia pacífica. Hoy su gran mentira queda al descubierto», ha compartido en un mensaje difundido a través de las redes sociales en euskera, castellano y catalán. Otegi se encuentra inhabilitado hasta 2021 por intentar refundar Batasuna, juicio sobre el que se ha pronunciado este martes el TEDH. El líder independentista visitaba hoy la sede del Parlamento Europeo, donde se ha negado a condenar a ETA, y no ha cerrado la puerta a presentar un recurso para intentar que el Tribunal Supremo levante esta medida amparándose en esta última resolución. “No es el día para hablar de los términos jurídicos, sino políticos (…) los abogados decidirán qué camino seguir para las eventuales reparaciones», ha asegurado a los medios en Bruselas. El presidente de la Generalitat, Quim Torra, también ha expresado su satisfacción por la sentencia. «La justicia española, cada vez más cuestionada en Europa», ha escrito en Twitter.

En su fallo, los jueces de Estrasburgo concluyen que los demandantes “tenían un temor objetivamente justificado de que a los jueces les faltara imparcialidad en su caso”. Se basan para ello en el hecho de que el Tribunal Supremo ordenó la repetición de un juicio previo contra Otegi por un comentario de la juez Ángela Murillo considerado falto de imparcialidad. Ello les lleva a considerar que, aunque el caso que llegó a sus manos se refiere a otro juicio distinto al revisado por el Supremo, las causas estaban relacionadas —la pertenencia a ETA— y la presencia de la juez Murillo podría haber “contaminado” el segundo juicio, lo que hace que “la imparcialidad de ese tribunal pudiera estar abierta a una duda genuina”.

La decisión final de Estrasburgo se ha hecho esperar. El tribunal europeo ya se pronunció parcialmente en 2015, cuando desestimó, por estar “manifiestamente infundadas” las alegaciones de los dirigentes abertzales sobre la falta de imparcialidad de dos miembros del Tribunal Constitucional (TC) que rechazaron en julio de 2014 el recurso de amparo de Otegi contra la sentencia de la Audiencia Nacional. La defensa del dirigente abertzale afirmaba que el presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos, no podía actuar de forma imparcial porque hasta que comenzó a ocupar el alto puesto jurídico había militado en el Partido Popular. El TEDH dictaminó que no podía “aceptar que el mero hecho de que [el presidente] haya sido miembro del Partido Popular sea suficiente para albergar dudas sobre su imparcialidad”. Los jueces de Estrasburgo también rechazaron la petición contra el magistrado Antonio Narváez, al que la defensa de Otegi lo había recusado por haber participado, como fiscal del Tribunal Supremo, en una demanda para pedir que no se inscribiera Sortu como partido político, escrito en el que hacía varias referencias a Bateragune.

Sin embargo, los jueces europeos sí aceptaron examinar parcialmente la demanda de Otegi por la supuesta parcialidad de la magistrada de la Audiencia Nacional Angela Murillo. Esta juez, en un juicio anterior contra Otegi por enaltecimiento del terrorismo, le preguntó si condenaba el terrorismo de ETA. Cuando este se negó a responder, la juez comentó: “Ya sabía yo que no me iba a contestar a esa pregunta”. Un comentario que, a la postre, provocó que, en 2011, el Tribunal Supremo anulara la sentencia y obligara a repetir el juicio contra Otegi, donde se le redujo la condena de 10 a seis años y medio, que cumplió en 2016.

Pero cuando Otegi y los otros cuatro acusados por pertenencia a ETA apelaron en 2014 al Constitucional porque Murillo formaba parte del tribunal de la Audiencia Nacional que los había condenado en el caso Bateragune, el Constitucional rechazó su recurso. En una decisión de 7 votos contra 5, consideró que ese incidente no arrojaba dudas sobre la imparcialidad de la magistrada a la hora de juzgarles en otro caso diferente.

 

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