El oficial condenado por 28 agresiones sexuales fue ascendido, enviado a una misión internacional y condecorado

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El 7 de diciembre de 2007 se hacía pública la condena a un capitán por 28 agresiones sexuales y poco después, el 15 de diciembre, se explicaba que un “vacío legal” impedía expulsarle. Un “vacío legal” que más de diez años después continúa vigente y amenaza con convertirse en abismo legal. Dos días después, el 17 de diciembre, se anunciaba que el acosador sexual múltiple entraba en prisión. Sin embargo, hay algunos ‘vacíos’ en la historia que se nos contó. Quizá porque el medio que informó, ‘El País’, era afín al entonces gobierno socialista o quizá porque el periodista que cubrió el caso tampoco quiso desvelar todo lo acontecido para poder seguir gozando de exclusivas. Palo y zanahoria. El caso es que hay varios aspectos que, hoy, más de diez años después, y en el XXX Aniversario de la incorporación de la Mujer a las Fuerzas Armadas, conviene desvelar.

Condenado, ascendido, seleccionado a una misión internacional y condecorado

El capitán Juan Miguel Camarón Aparicio era teniente cuando perpetró los 28 acosos sexuales en la Academia de Logística de Calatayud (Zaragoza), entre el 27 de octubre y el 3 de diciembre de 2003, por los que fue condenado en noviembre de 2006 por el Tribunal Militar Territorial de Barcelona. Sin embargo, su vida militar continuó sin gran contratiempo a pesar de la gravedad de los hechos y la condena.

Si analizamos sus publicaciones en el Boletín Oficial de Defensa (BOD) comprobaremos que el 1 de enero de 2007 (Resolución 562/00628/07, BOD nº 12 de 17 de enero de 2007), solo dos meses después de la sentencia que le condenaba, fue ascendido a capitán sin mayor dificultad. Ello a pesar de haber sido suspendido en funciones y cesado en el destino el día 2 de junio de 2004 (Resolución 562/09281/04, BOD nº 121 de 22 de junio de 2004).

Pero no es este ascenso lo más escandaloso, aunque tampoco resulte agradable en exceso, porque poco después del mismo fue seleccionado por los mandos de su unidad para un Curso avanzado de Unidades Acorazadas/Mecanizadas (Resolución 551/04360/07, BOD nº 57 de 21 de marzo de 2007). Curso que acabó “con éxito” a los pocos meses (Resolución 551/11776/07, BOD nº 145 de 25 de julio de 2007) y al que podrían haber concursado muchos otros oficiales (curso que, por otra parte, difícilmente daría utilidad durante los años en prisión).

Más incomprensible aún resulta que en septiembre de ese mismo 2007 fuera comisionado para acudir a Líbano a representar a las Fuerzas Armadas españolas (Resolución 562/13699/07, BOD nº 172 de 3 de septiembre de 2007). ¿Había mejores oficiales para concurrir a esa misión que un condenado por 28 agresiones sexuales? Es de suponer que sí, pero los altos mandos debieron pensar que de confirmarse la sentencia, lo que pasaría pocos meses después, el recién ascendido a capitán perdería el sustento al ser condenado, así que si durante unos meses se encontraba comisionado en una misión internacional podría duplicar o triplicar su salario. Ello permitiría que económicamente el tiempo en prisión sin cobrar fuera más llevadero.

Y, claro está, como toda misión internacional conlleva una condecoración, recibió la medalla el mismo día que ingresó en prisión, el 17 de diciembre de 2007 (Orden 562/19306/07, BOD nº 244 de 17 de diciembre de 2007). Si había que meter en prisión a un acosador sexual de 28 reclutas, el Ejército se encargó de que ello sucediera a lo grande. Pobre capitán, había que animarle un poco.

Ayudado por la justicia militar y defendido por el Abogado del Estado

Por si lo hasta ahora relatado no fuera suficiente bochorno y sonrojo, habría que señalar que la justicia militar protegió a este depredador sexual y lo hizo bordeando, cuando no adentrándose, en la prevaricación. Apoyándose en el artículo 28 del antiguo Código Penal Militar (Ley Orgánica 13/1985, de 9 de diciembre) interpretaron que el capitán Juan Miguel Camarón Aparicio fue condenado a 3 años de prisión, aunque realmente le impusieron 17 años, 4 meses y 1 día de prisión.

¿Cómo pudo ser posible? Pues interpretaron que, aunque fue condenado a más de 17 años de prisión por 28 agresiones, la mayor de las condenas de las 28 agresiones sexuales era de un año y como solo se cumple el triple de la mayor condena (artículo 39 del entonces CPM) la condena de prisión resultó ser de tres años. Con esta perversa interpretación (teniendo en cuenta que la condena no son los años de prisión impuestos sino los que se cumplen) consiguieron que el capitán condenado por 28 agresiones sexuales cumpliera dos años de prisión (dos tercios) y continuara su carrera militar como si nada hubiera pasado.

No solo eso, sino que además tuvieron que hacer un cambio de criterio que solo aplicaron a su caso. Si se observan las condenas por acoso o agresión sexual, tanto anteriores como posteriores a su caso, se comprobará que las mismas superan con creces el año. Para ser más concretos, se sitúan por encima de los dos años y por debajo de los tres años que obligan a expulsar al militar en cuestión.

Así pues, curiosamente, para el capitán Camarón Aparicio aplicaron la condena exacta que permitió hacer la perversa interpretación antes señalada, ya que si hubiera sido condenado por una sola de las 28 agresiones sexuales a más de un año, pongamos 1 año y 1 día, la condena de prisión habría sido de 3 años y 3 días, lo que no habría permitido interpretar de forma tan diabólica la legislación y habría supuesto la expulsión del militar.

Como vivimos en España y parece que somos inmunes a la infamia, un último y edificante dato sería comprobar que el acusado fue defendido por el Abogado del Estado, en lo que solo puede considerarse como un triple salto mortal, lo que se hizo en teoría para evitar o reducir la pena económica que pudiera ser impuesta al Estado. A las 28 víctimas no las defendió nadie, ni falta que hizo ni importancia que tuvo ni escándalo que originó.

Luis Gonzalo Segura, exteniente del Ejército de Tierra y autor de ‘El libro negro del Ejército español’.

 

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