La justicia deja impune la agresión de la Policía a varios fotoperiodistas en el Jaque al Rey de 2014

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Los golpes que varios agentes antidisturbios de la Policía Nacional propinaron a tres fotoperiodistas al término de la protesta Jaque al Rey de 2014 han quedado impunes. Sin castigo. El juzgado de instrucción nº 46 de Madrid ha sentenciado que un agente golpeó, al menos, a dos fotógrafos al término de la protesta, pero que esta falta de lesiones está prescrita a día de hoy, por lo que ningún agente responderá ante la justicia por haber agredido a periodistas mientras ejercían su trabajo.

Los tribunales, además, estimaron que esta agresión policial a tres fotoperiodistas no lesionó en ningún momento el derecho a la libertad de dar y recibir información. En opinión de la juez Caridad Hernández, de la Audiencia Provincial de Madrid, los antidisturbios no impidieron el ejercicio del derecho a informar de los fotógrafos ya que no se les intervino ni sus equipos ni sus grabaciones.

«La Audiencia Provincial ha tardado ocho meses en resolver nuestro recurso, a sabiendas de que una falta por lesiones prescribe a los seis meses con la causa paralizada. Supongo que este retraso será consecuencia de la falta de medios del Poder Judicial y la acumulación de casos, pero la realidad es que una agresión policial a periodistas ha quedado impune por este retraso achacable a ellos», denuncia, en declaraciones a Público, Eric Sanz de Bremond, abogado de Legal Sol.

Los hechos denunciados sucedieron el 29 de marzo de 2014 al término de la manifestación conocida como Jaque al Rey. Cuando la protesta había terminado, se produjo un rifirrafe entre varios agentes de los antidisturbios y una persona que echó a correr asustado. Los agentes antidisturbios salieron tras él para detenerlo y por el camino golpearon indiscriminadamente a los fotoperiodistas que documentaban la detención. La descripción de los hechos se aprecia perfectamente en el siguiente vídeo.

Un cúmulo de factores que permite la impunidad

El retraso de la Audiencia Provincial a la hora de resolver el recurso de los fotógrafos ha sido solo uno de los múltiples factores que ha permitido que la agresión policial quede impune. El primero de todos ellos es que los agentes de Policía Nacional que agredieron a los periodistas iban sin identificar. No llevaban, tal y como dicta el reglamento, su número de placa visible en la parte trasero del chaleco antibalas. No obstante, no es una situación anómala. «Si hubieran llevado un número de identificación hubiese sido sencillo haber llegado a juicio», prosigue Sanz de Bremond.

«Si los agentes hubieran llevado un número de identificación hubiese sido sencillo haber llegado a juicio»

El segundo factor fue la ausencia total de colaboración por parte de los mandos de la Policía Nacional para identificar a los agentes responsables de la agresión. Tras la presentación de la denuncia por parte de los fotógrafos, el juzgado de Instrucción nº 46 de Madrid requirió al jefe de la 1ª Unidad de Intervención Policial que reconociera a los agentes implicados. La respuesta del mando policial fue que no tenía constancia ni conocimiento de agresión alguna y la juez María Isabel Garaizabal Ariza decidió archivar la causa.

La juez podría haber llamado a declarar a los fotógrafos denunciantes. Podría haber visionado el vídeo y extraer la cara del agente que fue imputado posteriormente, tal y como hizo el abogado de la acusación, e incluso podría incluso haber llamado a declarar al jefe de Policía para intentar que colaborara. Pero no. El jefe de Policía dijo que desconocía que hubiese una agresión y la juez archivó la causa.

Los fotógrafos recurrieron aquel archivo y la Audiencia Provincial de Madrid ordenó reabrir la causa. Fue entonces cuando, gracias al vídeo que acompaña esta información, se pudo identificar a uno de los agentes implicados. La justicia, sin embargo, le atribuía únicamente una falta de lesiones ya que estimó que golpear con la porra en el cuello y en los brazos a fotoperiodistas no suponía una injerencia en el derecho a dar y recibir información. Los reporteros recurrieron esta decisión judicial al entender que sí se había lesionado uno de sus derechos fundamentales.

Un agente de la Unidad de Intervención Policial agrede a un periodista. Legal 15-M
Un agente de la Unidad de Intervención Policial agrede a un periodista. Legal 15-

En este punto del proceso es cuando se dio el último de los factores que ha permitido la impunidad de la agresión. El juzgado de instrucción nº 46 de Madrid tardó 6 meses en tramitar el recurso y la Audiencia Provincial tardó otros 8 meses en pronunciarse, por lo que la agresión había quedado prescrita ya que las faltas de lesiones prescriben al transcurrir 6 meses con la causa paralizada.

La justicia entendió que no se había vulnerado el derecho a la información porque no se había intervenido los equipos y cámaras

La Audiencia Provincial, además, desestimó el recurso de los fotógrafos estimando que no habían «indicios de que el agente pretendiera impedir el ejercicio de la libertad informativa de los periodistas presentes». Para justificar esta conclusión, la Audiencia señaló que los fotoperiodistas, que iban correctamente identificados, no habían aludido a su condición de informadores durante los golpes.

Con todos estos factores, se llegó al juicio que tuvo lugar el pasado 22 de febrero. Así describe la Comisión Legal Sol lo que sucedió en la Sala:

«Ante la sorpresa general, el funcionario de Policía, defendido por el Abogado del Estado, trajo de testigo a uno de sus compañeros que no había podido ser identificado. Parece que a la Administración le cuesta mucho identificar a sus agentes para juzgarlos, pero bien poco para testificar a su favor. El juicio ha acabado como todo el mundo en la sala ya sabía: con una sentencia que declara prescrita la falta de lesiones y un funcionario de Policía al que le ha salido gratis agredir con la porra a reporteros».

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