Doce denuncias contra el prior del Valle de los Caídos por no permitir exhumaciones de víctimas de Franco

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Familiares del las víctimas piden además que Santiago Cantera pida perdón y sea “condenado” a estar presente en las exhumaciones

  • Recuerdan que Patrimonio Nacional ha reconocido el derecho a exhumar los restos, y se ha resuelto que el Valle de los Caídos es un cementerio público y no religioso

Una docena de familiares de víctimas del franquismo que se encuentran enterrados en el Valle de los Caídos ha denunciado al prior administrador de la Abadía, Santiago Cantera, por no permitir la exhumación de los cuerpos.Uno de los abogados de los demandantes, Eduardo Ranz, ha informado a través de un comunicado que ya se han registrado judicialmente estas denuncias por los supuestos delitos de atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos y de resistencia y desobediencia. Ha recordado que Patrimonio Nacional ha reconocido el derecho a exhumar los restos, y se ha resuelto que el Valle de los Caídos es una sepultura de cementerio público, y no religioso, por lo que es inexcusable la recuperación de los cuerpos.

En las denuncias se solicita además a Santiago Cantera que se disculpe “cristianamente y civilmente con las víctimas del franquismo“, así como que sea “condenado” a realizar trabajos de exhumación a pie de fosa. Además se reclama que se entreviste personalmente con familias víctimas de la guerra civil y la dictadura y que sea condenado a estar presente en una entrega de restos mortales a las familias represaliadas.

“Si bien es cierto no fue hasta el año 2016 cuando se obtuvo la primera sentencia judicial que cuestiona la legalidad del franquismo –señala en un comunicado– , con fecha 9 de marzo de 2017 se emitió resolución de Patrimonio Nacional dirigida a la abadía benedictina por la que se concluye el siguiente tenor literal a los osarios existentes en el conjunto monumental del Valle de los Caídos, adyacentes a las capillas de la nave central y de la nave del crucero de la Basílica, les corresponde la calificación jurídica de cementerio público y no la de cementerio de la Iglesia, sin que, por tanto, tengas la condición de lugar sagrado ni les alcance por ello la garantía de la inviolabilidad” garantizada por los acuerdos del Estado español y la Santa Sede.

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